Mediante la resolución DGT-R-075-2019 y sus reformas, desde el pasado 01 de enero de 2022 las sociedades inactivas inscritas ante la Administración Tributaria bajo la actividad económica “Persona jurídica legalmente constituida” podrán presentar la declaración simplificada del Impuesto Sobre la Renta mediante el formulario D-101, correspondiente a los periodos 2020 y 2021, este formulario está disponible en la plataforma de la Administración Tributaria Virtual (ATV), para las sociedades inactivas que han actualizado los datos del Registro Único Tributario. La información por declarar corresponde a: efectivo, bancos, inversiones transitorias, documentos y cuentas por cobrar; acciones y aportes en sociedades; activos fijos descontando la depreciación, y; pasivos, lo cual generará el cálculo automático del capital neto de la sociedad. Esta declaración, deberá presentarse a más tardar el 15 de marzo del 2022, su incumplimiento, implicará una sanción de medio salario base, así tipificada en el artículo 79 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.