A partir de este 18 de octubre entra en vigor el Decreto Ejecutivo 42995-MEIC el cual regula las ventas a plazo de ejecución futura de proyectos inmobiliarios. Las ventas de proyectos inmobiliarios que se ofrezcan públicamente o de manera generalizada a los consumidores y cuyas entregas se den a futuro se encuentran sujetas a este decreto.
Entre las novedades de este decreto está que los desarrolladores inmobiliarios ya no deben inscribirse ante el MEIC como tales antes de inscribir sus proyectos, sino que ahora solo se requiere la autorización de los proyectos.
El comerciante o responsable del plan podrá darle publicidad al proyecto sin contar con la autorización correspondiente siempre y cuando no se reciban recursos, reservas, primas o sumas de dinero de cualquier tipo por parte del consumidor.